Para poder estudiar
mejor los sistemas jurídicos, se han agrupado en grupos denominados familias.
Dichos rasgos
distintivos, en su mayoría forman parte de la corriente cultural conocida como
tradición jurídica, y que el autor John Merryman define como:
El
conjunto de actitudes profundamente arraigadas, históricamente condicionadas,
acerca de la naturaleza del derecho, acerca del papel del derecho en la
sociedad y el cuerpo político, acerca de la organización y la operación
adecuadas de un sistema legal, y acerca de la forma en que se hace o debiera
hacerse, aplicarse, estudiarse, perfeccionarse y enseñarse el derecho.
Criterios para clasificar un determinado sistema jurídico:
·
Sus
orígenes históricos
·
Su
naturaleza jurídica
·
Su
estructura
·
Su
operatividad
·
Su
tradición intelectual
Clasificación de las familias jurídicas:
·
Familia
Neorrománica
o
Sistemas
europeo-continentales
o
Sistemas
latinoamericanos
o
Sistemas
escandinavos
o
Sistemas
latino africanos
·
Familia
del Common Law
o
Sistemas
anglosajones
o
Sistemas
angloamericano
o
Sistemas
anglo africanos
·
Familia
Socialista
·
Sistemas
Religiosos
o
Familia
islámica
o
Sistemas
religiosos particulares
·
Sistemas
mixtos
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